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Las nuevas Normas Técnicas de Auditoría

Gerente de Auditoría de BDO

 2014-marzo-opi-BDO-ANA-ChafferLas Normas Técnicas de Auditoría, aquellas que rigen el trabajo del auditor y sus responsabilidades, han cambiado. Estamos, probablemente, ante el cambio normativo más importante de los últimos 20 años, que no solo va a tener implicaciones para los auditores, sino también, como veremos más adelante, para la dirección de la empresa y, en su caso, los administradores de las sociedades auditadas. Este cambio representa, además, un paso fundamental en el camino de la convergencia, tan importante en una economía global.

Las nuevas Normas Técnicas de Auditoría (NIA-ES), publicadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Icac) el 15 de octubre de 2013, serán de aplicación obligatoria para los auditores de cuentas y sociedades de auditoría en el desarrollo de los trabajos de auditoría de cuentas referidos a las cuentas anuales o estados financieros correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir de 1 de enero de 2014 y, en todo caso, en los trabajos de auditoría de cuentas contratados o encargados a partir del 1 de enero de 2015, independientemente de los ejercicios económicos a los que se refieran los estados financieros objeto del trabajo.

Proceso iniciado en 2008

Con la publicación de las NIA-ES se culmina un proceso que comenzó en el ejercicio 2006, con la 8ª Directiva (Directiva 2006/43/CE), que estableció que las auditorías legales en los Estados miembro se realizarían de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría adoptadas por la Comisión Europea.

Para ello se solicitó a los Estados miembro la traducción de las NIA a la lengua oficial de cada uno de ellos para, en su caso, su posterior adopción por la Comisión Europea y publicación en el Doue, creándose un Grupo de Trabajo en 2008, impulsado por el Icac, que siguió el enfoque de realizar una traducción literal de la norma, pues en ese momento el enfoque europeo era la adopción en bloque a nivel comunitario.

Desde entonces y hasta ahora se han ido intercalando procesos de adaptación normativa derivados del retraso en la definición de una posición común europea. Hasta la fecha, la Comisión Europea no ha adoptado las NIA y se está optando, en la práctica, por la alternativa de que las NIA traducidas a la lengua oficial de cada Estado miembro sean adaptadas por cada uno de los Estados a su marco jurídico nacional, para su aplicación efectiva en el ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas en el menor plazo posible.

En España se ha procedido a adaptar el compendio que forman dichas normas de modo que puedan pasar a formar parte de nuestro cuerpo de Normas Técnicas de Auditoría, en el que se incluye la norma de Control de Calidad Interno y se prevé incorporar a futuro las normas de Ética.

Este proceso de adaptación de las NIA a la normativa de auditoría en España va a ser dinámico, ya que las NIA son objeto de revisión y modificación periódica por parte del International Auditing and Assurance Standards Board (Iaasb). Las modificaciones o incorporaciones que lleve a cabo el Iaasb deberán pasar el mismo proceso de traducción y adaptación para su aplicación en España.

Algunas novedades

Así pues, las NIA-ES sustituyen a las Normas Técnicas de Auditoría hasta ahora vigentes, que quedan derogadas, si bien se mantendrá vigente únicamente lo dispuesto en estas últimas que no se encuentre regulado en la nueva normativa y no resulte contradictorio con lo dispuesto en ésta. Es decir, sigue en vigor la norma técnica de auditoría sobre Relación entre Auditores (cuya resolución de 27 de junio de 2011 ha sido recientemente actualizada), así como las normas técnicas de auditoría sobre Trabajos Específicos exigidos conforme a nuestro marco jurídico nacional.

Una de las novedades principales que aportan las NIA-ES es su estructura, acorde con las distintas fases del trabajo de auditoría, de forma que las mismas recogen los objetivos y requerimientos necesarios para obtener una evidencia suficiente y adecuada, estando todo ello regulado en la anterior normativa, pero de forma mucho menos estructurada y concisa.

Asimismo, otro aspecto novedoso, sin ánimo de realizar un análisis exhaustivo, es la existencia de una condición imprescindible para poder aceptar un encargo y poder realizar una auditoría de conformidad con las NIA-ES: debe partirse de la premisa de que la dirección y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad, han reconocido y comprenden que son responsables de: 

> La preparación de los estados financieros conforme al marco de información financiera;
> El control interno necesario para la elaboración de los estados financieros libres de incorrección material debida a fraude o error;
> La necesidad de proporcionar al auditor acceso total a la información y las personas de la entidad necesarias.

En este nuevo marco normativo cobra especial relevancia un enfoque de riesgos entendido como el diseño concreto del trabajo a realizar por el auditor, en respuesta a los riesgos identificados a partir del conocimiento de la entidad y su entorno, incluido el control interno.

En lo referente a la evidencia de auditoría, en la anterior normativa existían normas técnicas con un contenido asimilable a la práctica totalidad de las NIA-ES. No obstante, hay normas específicas que nunca tuvieron desarrollo en nuestra normativa nacional, como la relativa a Partes Vinculadas, y otras con clara diferencia de enfoque, como el caso de Empresa en Funcionamiento, para las cuales las NIA-ES exigen una evaluación más amplia y, en concreto, establecen la necesidad de analizar los riesgos de continuidad desde la planificación.

Por último, las NIA-ES relacionadas con la emisión de informes y conclusiones introducen cambios importantes, pero este nuevo enfoque conceptual es el que más se anticipó en nuestra anterior normativa, con la publicación en 2010 de las normas técnicas sobre informes e información comparativa, por lo que el proceso de adaptación en este aspecto no implicará grandes cambios.

Esperemos que este esfuerzo por mejorar y homogeneizar las normas en la realización de una auditoría contribuya a conseguir los objetivos básicos de la misma, que no son otros que obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de errores materiales y han sido preparados conforme a un marco de información financiera, de forma que sirvan para dar una mayor confianza a nuestros informes, y aportemos como auditores una transparencia que la sociedad está demandando.

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