BEPS, una nueva realidad fiscal insoslayable

BEPS, una nueva realidad fiscal insoslayable

Socio. Grant Thornton

2016-dic-opi-grantthornton-PabloAzconaEl panorama fiscal internacional está cambiando drásticamente y no hay forma de esquivar esta realidad. Ya son más de 80 los países que han aceptado adoptar al menos los elementos mínimos de BEPS (Base Erosion and Profit Shifting). Por el momento, la aplicación parcial o modificada de los principios BEPS en los diferentes mercados está creando un panorama aún más complejo que el que se quería simplificar con su desarrollo. Para las empresas esto supone que, a menos que se disponga de unas capacidades fiscales relativamente sofisticadas, los riesgos de litigios fiscales o de doble imposición aumentan.

BEPS fue impulsado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Sin embargo, el apoyo del G20 y de muchas economías en desarrollo ha ampliado su alcance mucho más allá de los 34 miembros de la OCDE. Muchos países que no pertenecen a la organización, incluyendo potencias como China, India, Brasil o Sudáfrica, han estado muy implicados en el desarrollo del Plan de Acción de BEPS y están empezando a implementar algunos de sus elementos.

Durante la primera mitad de 2016 hemos asistido a un aluvión de adhesiones que han elevado el número de países que aceptan introducir los estándares mínimos de BEPS, incluyendo la información país por país (country by country reporting o CbC), por encima de los 80. Entre la última oleada de firmantes están países como Egipto, Kenia, Nigeria, Pakistán, Singapur o China. Pero también algunas jurisdicciones offshore como Jersey, Guernsey y Liechtenstein. Y la lista sigue y seguirá aumentando.
Quedan aún importantes mercados fuera de BEPS pero algunos, como Tailandia, Malasia o Panamá, han estado implicados en su desarrollo por lo que es posible que se suban al tren más adelante.

En esta acelerada adopción de BEPS ha tenido mucho que ver la apuesta de la OCDE por un “marco inclusivo” para su implementación. Centrado en la adopción de unos estándares mínimos dentro de las más amplias recomendaciones de BEPS, este marco anima a los estados a “trabajar colectivamente, en igualdad de condiciones y de manera coordinada para nivelar el terreno de juego”.

Y esta no es la única facilidad. Para evitar la renegociación de multitud de tratados bilaterales, la OCDE está desarrollando un instrumento multilateral que permitiría a los países incluir, fácilmente, las recomendaciones pertinentes de BEPS en sus tratados. Más de 90 países están implicados en el desarrollo de este instrumento que debería estar listo para finales de año. Sigue habiendo sin embargo flecos importantes. Por ejemplo, algunos países, entre ellos India, no están por la labor de aceptar una cláusula de arbitraje obligatoria.

¿Qué implica todo esto para las empresas que operan internacionalmente? La creciente adopción de BEPS en mercados desarrollados y emergentes significa un impacto notable para aquellas compañías que superen el listón establecido de 750 millones de euros de facturación anual. Algunos países, entre ellos España, Holanda o Alemania, están contemplando umbrales mucho más bajos, entre los 45 y los 100 millones de euros, para ciertas obligaciones de presentación de información. No obstante, lo anterior los nuevos criterios e interpretaciones establecidos en los planes de acción de BEPS afectan a todas las empresas y grupos internacionalizados, con independencia de su tamaño.

El impacto no solo deriva de la propagación de los estándares BEPS. El cambio de las normas en cuanto a precios de transferencia significa que los ingresos imponibles se distribuirán entre más jurisdicciones. El Plan de Acción también amplía el tipo de operaciones que pueden ser consideradas como establecimientos permanentes. Todo esto obligaría a las empresas a mantener archivos, presentar impuestos y pagarlos en muchas más jurisdicciones que antes.

El nuevo panorama fiscal internacional sería más o menos manejable si su resultado fuera realmente un terreno de juego nivelado. Pero la aplicación selectiva y el diferente ritmo de implementación entre jurisdicciones suponen en la práctica más incertidumbre y menos consistencia que antes.

Algunos países como el Reino Unido y Australia están aplicando la mayoría de las recomendaciones y no solo los estándares mínimos. Pero la mayoría de los firmantes, sobre todo los mercados emergentes, están centrados, de momento, en el marco inclusivo de mínimos. Para añadir complejidad, algunos Estados están yendo aún más lejos de lo que los arquitectos de BEPS planearon.

Con el tiempo, es posible que emerja un mayor consenso internacional, de hecho, estamos empezando a ver la aparición de bloques fiscales regionales dentro de los cuales existe una mayor armonización, como en la UE o en la Asean. Pero incluso dentro de esos bloques algunos querrán seguir aplicando criterios más restrictivos, o más favorables, que otros.

Esta diversidad de reglas fiscales en competencia multiplicará las exigencias de cumplimiento. La carga extra recaerá con mayor fuerza en las multinacionales de tamaño medio, que pueden carecer de las capacidades necesarias para lidiar con las crecientes obligaciones de recopilación, archivo y presentación de información.

Tanto las disparidades en la implementación de BEPS, relativos a los nuevos criterios e interpretaciones asi como la nueva información obtenida a partir de los informes “país por país” van aumentar probablemente los riesgos de doble imposición y las disputas con las autoridades fiscales.

BEPS se encuentra aún en las primeras fases de su implementación. Pero ya está claro que va ser un régimen genuinamente global que implicará tanto a países desarrollados como emergentes y del que será muy difícil, por no decir imposible, escapar. Para aquellos a los que les pille desprevenidos va a suponer un significativo aumento de la exposición a riesgos fiscales. BEPS nos marca la tendencia y la dirección, por tanto quienes se anticipen y gestionen bien los cambios dominarán un factor clave de diferenciación competitiva.

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